Situación Actual
[13/04/2026] - Otras situaciones (detalle en campo adicional)
"MEDIDA CAUTELAR
A lo resuelto en la Decisión Arbitral Nº 1, de fecha 10 de julio de 2025, emitida por el Árbitro de Emergencia designado por el Centro de Arbitraje Latinoamericano e Investigaciones Jurídicas ¿ CEAR (Expediente de Emergencia Nº 098-2025-CEAR), se ordenó, entre otros aspectos, prohibir a PRONATEL exigir al Contratado el cumplimiento de un serie de obligaciones.
- (i) Actividades de operación y mantenimiento de la Red de Transporte y la Red de Acceso.
- (ii) Actividades constructivas de las Redes.
-(iii) Prestación de servicios de Internet e Intranet.
-(iv) Actividades de difusión y sensibilización; (v) Capacitación y construcción de capacidades del Proyecto.
-(vi) Reportería periódica respecto a distintos parámetros de servicios y otros establecidos contractualmente.
Motivo por el cual, PRONATEL se vio imposibilitado de exigir al Contratado, el cumplimiento de las obligaciones antes detalladas hasta que se resuelva el fondo de la controversia arbitral o se modifiquen las condiciones establecidas en la referida medida cautelar."
Problemática
[13/04/2026] - Otras restricciones (detalle en campo adicional)
" MEDIDA CAUTELAR
De acuerdo a lo resuelto en la Decisión Arbitral Nº 1, de fecha 10 de julio de 2025, emitida por el Árbitro de Emergencia designado por el Centro de Arbitraje Latinoamericano e Investigaciones Jurídicas, PRONATEL se vio imposibilitado de exigir al Contratado, el cumplimiento de las obligaciones antes detalladas hasta que se resuelva el fondo de la controversia arbitral o se modifiquen las condiciones establecidas en la referida medida cautelar."
Implementación
[13/04/2026] - Otras acciones de gestión (detalle en campo adicional)
" MEDIDA CAUTELAR
De acuerdo a lo resuelto en la Decisión Arbitral Nº 1, de fecha 10 de julio de 2025, emitida por el Árbitro de Emergencia designado por el Centro de Arbitraje Latinoamericano e Investigaciones Jurídicas, PRONATEL se vio imposibilitado de exigir al Contratado, el cumplimiento de las obligaciones antes detalladas hasta que se resuelva el fondo de la controversia arbitral o se modifiquen las condiciones establecidas en la referida medida cautelar."